En Colombia, el derecho a morir dignamente fue reconocido por la Corte Constitucional desde 1997. Desde entonces se ha consolidado y evolucionado a través de múltiples decisiones que han permitido su regulación, la realización del procedimiento de manera gratuita y la eliminación del requisito de una enfermedad terminal, entre otras medidas.
 
Lucas Correa, profesor de la Facultad de Derecho de Los Andes y director de investigación del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), explica que es clave tener claro que "el derecho a morir dignamente no se reduce exclusivamente a la eutanasia". Existen otras alternativas que brindan a los pacientes la posibilidad de tomar decisiones sobre el final de su vida, según su situación, voluntad o creencia: los cuidados paliativos, por ejemplo,  la posibilidad de adecuar el esfuerzo terapéutico (la libertad de decidir para modificar o rechazar un tratamiento para que la muerte sea más rápida) y la eutanasia están dentro de estas opciones.
 
Adicional a estas, desde el 11 de mayo del 2022 la Corte Constitucional despenalizó el suicidio médicamente asistido. En línea con Juan Guillermo Santacruz, médico especialista en Cuidados Paliativos de la Fundación Santafé, la diferencia entre la eutanasia y el suicidio médicamente asistido es que en la primera el paciente pone fin a su vida con la ayuda de un médico que le suministra los medicamentos necesarios para lograrlo, y en la segunda (suicidio médicamente asistido) es el paciente quien lo realiza, por supuesto con la asistencia y vigilancia médica. “La idea es que esta transición se haga de manera segura, protegida y acompañada por el sistema de salud y no de manera solitaria, dolorosa e inclusive peligrosa, tanto para el paciente como para las familias”, explica el profesor de la Facultad de Medicina.


El galeno, que por su especialidad ha estado gran parte del tiempo en contacto con la muerte y con situaciones tan dolorosas, dice que estos avances en la legislatura amplían las alternativas que pueden aliviar no solo el sufrimiento físico sino el humano en general. “Soy testigo, de primera mano, de que a pesar de nuestros esfuerzos desde el punto de vista médico, farmacológico, de procedimientos, de apoyo espiritual y emocional, en ocasiones la gente sigue sufriendo; por eso hoy celebro que en el país existan estos derechos y opciones”.
  
Lucas Correa, coautor de la demanda que contribuyó a que la corte incluyera la opción del suicidio médico asistido dentro del derecho a morir dignamente, indica que tanto para la eutanasia como para el suicidio médicamente asistido se debe cumplir con tres requisitos: haber sido diagnosticado con una lesión corporal o enfermedad grave e incurable, que esta enfermedad cause dolores insoportables que sean incompatibles con la idea de vida digna, y que manifieste el consentimiento libre de su decisión.
 
"Colombia es el país más avanzado en América Latina sobre el derecho a morir dignamente, ningún país de Latinoamérica lo ha incorporado", asevera el abogado Correa. Afirma, además, que en el resto del mundo solo un grupo pequeño de países permite la muerte médicamente asistida, entre ellos Holanda, Luxemburgo y Bélgica. “Con esta despenalización se completa el rompecabezas de la muerte digna, no había razones suficientes para que la eutanasia fuera legal y el suicidio asistido no lo fuera”, resalta el profesor de la Facultad de Derecho de Los Andes.
 
Aunque se ha avanzado bastante en el derecho a morir dignamente, aún existen diversos retos en los que se debe trabajar. Hay un amplio desconocimiento sobre este derecho y de cómo ejercerlo, por ejemplo; pero también de las mútliples barreras de acceso. “Es fundamental facilitar los procesos en lugares apartados y fortalecerlos en diferentes ciudades del país”, concluye Correa.

Escrito por:

Johanna Ortiz Rocha

Periodista