19/03/2021

Mujeres con discapacidad: una intersección pendiente

Foto blanco y negro de una mujer
Por: Juliana Bustamante
Directora de la Clínica Jurídica Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social - PAIIS
Profesora de la Facultad de Derecho
 

Este año por primera vez, la marcha con ocasión de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer en Bogotá estuvo encabezada por mujeres con discapacidad. Este símbolo es de la mayor importancia si se tiene en cuenta que, en buena medida, la discapacidad en sí misma ha sido sistemáticamente ignorada en el discurso y la agenda de derechos humanos, tanto en el ámbito público como en el activismo, incluyendo el movimiento de mujeres, y a pesar del interés que en años recientes ha producido el tema de género en la academia, la investigación y la política pública.

Las mujeres con discapacidad enfrentan una serie de riesgos adicionales al género y de ser objeto de violencias de las que poco se habla. En este escrito me referiré solo a dos aspectos en los que esa múltiple vulnerabilidad es evidente.

En primer lugar, el hecho de tener una discapacidad vuelve a las mujeres más vulnerables a ser violentadas sexualmente bajo imaginarios como el de que “no se dan cuenta” o el de que son hipersexuales. Con esta perversa óptica, se estima que lo adecuado para atender la sexualidad de las mujeres con discapacidad, en lugar de la pedagogía, es acudir a la esterilización forzada, lo cual, de un lado, invisibiliza esa violencia y, de otro, alimenta la idea de que ellas no deben tener hijos pues pueden nacer con discapacidad y eso debe evitarse a toda costa. Estos discursos discriminatorios consideran a las mujeres con discapacidad menos personas, que pueden ser violentadas sexualmente sin que se note y cuyos cuerpos deben ser intervenidos para negar esa realidad y/o para evitar que se ‘reproduzca’ la discapacidad, que se mira peyorativamente como una desgracia.

Por eso, un logro de gran relevancia para las mujeres, niñas y adolescentes con discapacidad fue la sentencia T-573 de 2016 de la Corte Constitucional sobre sus derechos sexuales y reproductivos. Esta decisión reconoce que, en estos aspectos como en todos los demás, ellas tienen derecho a decidir de manera autónoma e informada en igualdad de condiciones que las demás, utilizando los ajustes razonables y apoyos que se requieran, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

De esta manera, ordenó al Ministerio de Salud la adopción de una normatividad que reglamentara el asunto, dando lugar a la Resolución 1904 de 2017 que hoy constituye un mandato para todos los prestadores de servicios de salud, frente a la necesidad de que haya un consentimiento informado de la persona antes de cualquier intervención. Con esto se busca terminar con las violencias producidas por la esterilización forzada que tradicionalmente se ha practicado en personas con discapacidad, especialmente mujeres.

De otra parte, ha surgido un debate que sugiere que habría una supuesta incompatibilidad entre el derecho de las mujeres a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y los derechos de las personas con discapacidad. Diversos organismos internacionales, así como activistas, hemos tenido que llamar la atención sobre lo preocupante que resulta instrumentalizar la defensa de derechos de las mujeres con discapacidad para restringir los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de todas las mujeres. Este aparente conflicto se nutre de visiones religiosas que desconocen los postulados de nuestra Constitución que habla de un Estado Social de Derecho, laico y fundado en la dignidad de las personas.

Sus argumentos señalan, de una parte, que la causal exculpante de “incompatibilidad con la vida extrauterina del feto” promueve una postura eugenésica frente a la discapacidad. Sin embargo, contrario a lo que se sugiere, esta causal se refiere a muerte, no a discapacidad. El problema radica entonces en seguir pensando, desde el imaginario social, que vivir con una discapacidad es inviable.

Desde otra perspectiva, pero por los mismos prejuicios, se estaría produciendo esa tensión aparente de derechos. Los profesionales de la salud frecuentemente suministran información incompleta, sesgada e imprecisa sobre lo que significa vivir con una discapacidad, al considerarla una situación que debe evitarse. Así, se induce a la IVE mediante la desinformación. Por ello, la manera de articular estos derechos en aparente conflicto es privilegiando el derecho de la mujer a decidir de manera informada, lo que incluye contar con información imparcial, completa, cierta y no discriminatoria, desprovista de imaginarios nocivos y equivocados sobre la discapacidad, que le permita elegir libremente.

Para avanzar en la problemática detrás de estos complejos debates, es fundamental incorporar al discurso de reivindicación de los derechos de las mujeres –más allá de la movilización– los reclamos sobre las violencias que enfrentan aquéllas con discapacidad. Acompañar estas causas fortalece a todo el movimiento en general y puede contribuir a la transformación de una sociedad que, además de maltratar a sus mujeres, rechaza la diversidad en todas sus formas, en este caso, siendo profundamente capacitista.


Foto de la marcha de las mujeres del 8 de marzo de 2021.
Foto cortesía de Manifiesta Media de la marcha feminista en la Plaza de Bolívar en Bogotá, el 8 de marzo de 2021.

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